Restricción Vehicular 2011

 
 
Lunes 8 agosto
Martes 9 agosto
Miércoles 9 agosto
Jueves 10 agosto
Viernes 11 agosto
3-4-5-6 7-8-9-0 1-2-3-4 5-6-7-8 9-0-1-2
 
 
 
No hay medidas de excepción ambiental, por lo tanto, no hay restricción para vehículos con sello verde (catalíticos).
 

Vehículos sin convertidor catalítico (sin sello verde)

El viernes 01 de abril de 2011 comienza a regir la restricción vehicular para los vehículos sin sello verde en la provincia de Santiago, más las comunas de San Bernardo y Puente Alto. La medida tendrá vigencia de lunes a viernes, excepto festivos, entre las 07:30 y las 21:00 horas.

La restricción vehicular se aplicará hasta el 31 de agosto de acuerdo al siguiente calendario:

ÚLTIMOS DÍGITOS PLACA PATENTE ÚNICA
Lunes
Martes
Miércoles
Jueves
Viernes
3-4-5-6
7-8-9-0
1-2-3-4
5-6-7-8
9-0-1-2

Tipo de vehículo
Horario
Perímetro
   
La Provincia de Santiago más
las comunas de San Bernardo y
Puente Alto
 Vehículos Particulares
Entre las 07:30 y
las 21:00 hrs.
 Transporte Escolar
Entre las 21:00 y
las 06:30 hrs.
del día siguiente
 Buses rurales e interurbanos 
 y los vehículos adscritos
 al transporte privado remunerado 
 de pasajeros
Entre las 10:00 y
las 16:00 hrs.
 Transporte de Carga
Entre las 10:00 y
las 18:00 hrs.
Área interior delimitada por el
Anillo A. Vespucio


Los sábados, domingos y festivos tendrán prohibición de circulación los vehículos de transporte remunerado de escolares, entre las 00:00 y las 24:00 horas, en toda la Provincia de Santiago y en las comunas de San Bernardo y Puente Alto, de acuerdo al siguiente calendario:

  Período 2011 Sábado Domingo
 01 de abril al 30 de abril Impares (1-3-5-7-9) Pares (0-2-4-6-8)
 01 de mayo al 31 de mayo Pares (0-2-4-6-8) Impares (1-3-5-7-9)
 01 de junio al 30 de junio Impares (1-3-5-7-9) Pares (0-2-4-6-8)
 01 de julio al 31 de julio Pares (0-2-4-6-8) Impares (1-3-5-7-9)
01 de agosto al 31 de agosto Impares (1-3-5-7-9) Pares (0-2-4-6-8)

En el caso de que la prohibición recayere en día festivo, entre lunes y viernes, ambos inclusive, se aplicará la prohibición correspondiente al día sábado del período correspondiente

Vehículos exentos de la restricción vehicular

No se aplicará restricción en los siguientes casos:

a) Vehículos que crucen la Provincia de Santiago y la comuna de San Bernardo, utilizando las vías que conforman las rutas o ejes que a continuación se indican, siempre y cuando porten la respectiva boleta o comprobante de pago del peaje del mismo día.

• Norte-Sur (ambos sentidos)
1- Av. Presidente Eduardo Frei Montalva - Av. Presidente Jorge Alessandri Rodríguez (Autopista Central).

2- Av. Presidente Eduardo Frei Montalva - Av. Apóstol Santiago - Joaquín Walker Martínez-Coronel Robles - Av. Padre Hurtado - Av. Presidente Jorge Alessandri Rodríguez (Autopista Central).

 Norte – Costa (Ruta 68): 
Av. Presidente Eduardo Frei Montalva (Autopista Central) – Av. Circunvalación Américo Vespucio (Autopista Vespucio Norte) – Ruta 68.

 Norte – Costa (Autopista del Sol): 
Av. Presidente Eduardo Frei Montalva (Autopista Central) – Av. Circunvalación Américo Vespucio (Autopista Vespucio Norte) – Autopista del Sol.

• Sur – Costa (Ruta 68): 
1.- Av. Presidente Jorge Alessandri Rodríguez (Autopista Central) – Av. General Velásquez - 
Av. Circunvalación Américo Vespucio (Autopista Vespucio Sur) – Ruta 68.

2. Av. Presidente Jorge Alessandri Rodríguez (Autopista Central) – Costanera Norte - Ruta 68

 Sur – Costa (Autopista del Sol): 
Av. Presidente Jorge Alessandri Rodríguez (Autopista Central) – Av. General Velásquez - 
Av. Circunvalación Américo Vespucio (Autopista Vespucio Sur) – Autopista del Sol.

• Sur - Costa (Acceso Sur a Santiago) 
Av. Presidente Jorge Alessandri Rodríguez (Autopista Central) - Autopista Acceso Sur a Santiago - Autopista Vespucio Sur - Autopista del Sol.

• Nor-Oriente (Acceso Nor-Oriente a Santiago) 
Acceso Nor-Oriente – Enlace Centenario (sector Puente Centenario)- Costanera Norte - 
Av. Circunvalación Américo Vespucio (Autopista Vespucio Norte).

b) Los vehículos eléctricos y los vehículos motorizados livianos, medianos y pesados que cuenten con el autoadhesivo de color verde a que se refieren los D.S. Nº 211/91, D.S. Nº 54/94 y D.S. Nº 55/94 respectivamente, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

c) Vehículos pertenecientes a Carabineros de Chile, Investigaciones, Cuerpo de Bomberos, y Gendarmería de Chile, los móviles adscritos al Programa de Fiscalización de la Subsecretaría de Transportes, que se encuentren desempeñando labores de control, y los vehículos de uso municipal asignados a cumplir labores de apoyo a la función policial, siempre que se encuentren debidamente identificados.

d) Ambulancias de instituciones fiscales o de establecimientos particulares, vehículos de centros de rehabilitación, hospitales, clínicas y consultorios destinados al transporte de enfermos minusválidos y vehículos acondicionados para personas lisiadas a que se refiere el art. 6º de la Ley 17.238.

e) Vehículos particulares destinados al transporte de enfermos y discapacitados que deban concurrir con frecuencia a algún centro asistencial de la Región Metropolitana; y aquellos que deban ser utilizados por los interesados como único medio de transporte, en consideración a su grado de discapacidad, debidamente acreditado por la declaración del médico tratante.

f) Vehículos a gas que cumplan con el D.S. N° 55/98, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y que posean revisión técnica autorizando su circulación con ese tipo de combustible.

g) Vehículos que presten servicios de transporte público interurbano de pasajeros, siempre que den cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Exenta Nº 82, de 2001, de esta Secretaría Regional Ministerial, o bien, circulen por las vías autorizadas, conforme el certificado de inscripción en el Registro Nacional de Servicios de Transporte de Pasajeros.

h) Vehículos destinados por establecimientos de salud, públicos o privados, a realizar labores fuera de éstos, sea de asistencia médica, y otras que fueren necesarias para asegurar su normal funcionamiento.

i) Vehículos que presten servicio para la Comisión Chilena de Energía Nuclear en el abastecimiento de material radiactivo a hospitales y clínicas.

j) Coches mortuorios y los vehículos que formen parte de servicios funerarios.

k) Vehículos que, por sus características técnicas de diseño y/o equipamiento, estén destinados permanentemente a labores de reparación frente a emergencias públicas que alteren el suministro regular para la población de los servicios domiciliarios de electricidad, agua potable, gas y telefonía fija.

l) Vehículos pertenecientes a canales de televisión que se encuentren debidamente equipados con antenas transmisoras para realizar contactos en directo.

m) Vehículos autorizados a circular como parte de proyectos experimentales aprobados por esta Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones

El interesado en acogerse a alguna de las excepciones contempladas en las letras e), h), i), k) 
y l) deberá obtener autorización previa del Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana, otorgada mediante resolución, debiendo acreditar que se encuentra en alguna de las situaciones que en ellas se describe. El documento en que conste dicha autorización o su copia, deberá portarse siempre en el vehículo.

Fuente: Secretaría Regional Ministerial de Transportes

Vehículos afectos a restricción para la declaración de Preemergencia Ambiental

Tipo de Vehiculo
Lunes
Martes
Miércoles
Jueves
Viernes
Fin de Semana
Horario de Semana
Horario Sábado, Domingo y Festivos
Perímetro Restricción
Automóviles, Station Wagon y similares SIN SELLO VERDE 3-4-5-6más dos dígitos aleatorios 7-8-9-0 más dos dígitos aleatorios 1-2-3-4 más dos dígitos aleatorios 5-6-7-8 más dos dígitos aleatorios 9-0-1-2más dos dígitos aleatorios Aleatorio 4 dígitos Entre 7:30 y 21:00 horas Entre las 07:30 y las 21:00 hrs. Provincia de Stgo. más comuna de San Bernardo y Puente Alto
Transporte de carga SIN SELLO VERDE 3-4-5-6más dos dígitos aleatorios 7-8-9-0 más dos dígitos aleatorios 1-2-3-4 más dos dígitos aleatorios 5-6-7-8 más dos dígitos aleatorios 9-0-1-2 más dos dígitos aleatorios Aleatorio 4 dígitos Entre las 10:00 y las 18:00 hrs. Entre las 10:00 y las 18:00 hrs. Área interior del Perímetro de Circunvalación A. Vespucio
Transporte escolar SIN SELLO VERDE 3-4-5-6más dos dígitos aleatorios 7-8-9-0 más dos dígitos aleatorios 1-2-3-4 más dos dígitos aleatorios 5-6-7-8 más dos dígitos aleatorios 9-0-1-2 más dos dígitos aleatorios 5 dígitos según restricción permanente Entre las 21:00 y las 06:30 hrs. Entre 00:00 y 24:00 hrs. Provincia de Stgo. más comuna de San Bernardo y Puente Alto
Vehiculos de transporte privado remunerado de pasajeros.SIN SELLO VERDE 3-4-5-6 más dos dígitos aleatorios 7-8-9-0 más dos dígitos aleatorios 1-2-3-4 más dos dígitos aleatorios 5-6-7-8 más dos dígitos aleatorios 9-0-1-2 más dos dígitos aleatorios Aleatorio 4 dígitos Entre las 10:00 y las 16:00 hrs. Entre 00:00 y 24:00 hrs.
Vehiculos de transporte privado remunerado de pasajeros.CON SELLO VERDE 2 Dígitos 2 Dígitos 2 Dígitos 2 Dígitos 2 Dígitos 2 Dígitos Entre las 10:00 y las 16:00 hrs. Entre 00:00 y 24:00 hrs.
Vehiculos de carga CON SELLO VERDE. 2 Dígitos 2 Dígitos 2 Dígitos 2 Dígitos 2 Dígitos 2 Dígitos Entre las 10:00 y las 18:00 hrs. Entre las 10:00 y las 17:00 hrs. Área interior del Perímetro de Circunvalación A. Vespucio
Automóviles, Station Wagon y similares CON SELLO VERDE 2 Dígitos 2 Dígitos 2 Dígitos 2 Dígitos 2 Dígitos 2 Dígitos Entre las 07:30 y las 21:00 hrs. Entre las 07:30 y las 21:00 hrs. Provincia de Stgo. más comuna de San Bernardo y Puente Alto
Taxis básicos ,ejecutivos, de turismo y colectivos CON SELLO VERDE. 2 Dígitos 2 Dígitos 2 Dígitos 2 Dígitos 2 Dígitos 2 Dígitos Entre 10:00 y 16:00 Entre las 07:30 y las 21:00 hrs.
Transporte escolar CON SELLO VERDE 2 Dígitos 2 Dígitos 2 Dígitos 2 Dígitos 2 Dígitos 2 Dígitos Entre 21:30 y las 06:30 hrs. del día siguiente Entre las 07:30 y las 21:00 hrs.